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Os contamos todo sobre la obligación de instalar puntos de recarga en aparcamientos de la mano de Pablo de Regoyos, Responsable de Smart Mobility en Iberdrola

abril 2, 2024

La consecuencia directa del Real Decreto Ley 29/2021 es que, si una empresa tiene un parking, público o privado, la ley obliga a tener ya instalado un número mínimo de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

¿Afectará el Real Decreto Ley 29/2021 a mi empresa?


El Real Decreto establecía el 1 de enero de 2023 como fecha límite para cumplir con los requisitos de instalación de puntos de recarga en parkings no residenciales. Aunque no se establecen medidas sancionadoras, muchas empresas han decidido tomar medidas para adaptarse a la normativa.

¿Crees que el gobierno completará la regulación con un régimen sancionador?


Lo que sabemos en este momento es que se realizan inspecciones que, sumadas a las iniciativas europeas sobre cambios de la regulación, ayudas y demás ámbitos de la movilidad eléctrica, intentan reforzar la transición. Así que, desde Iberdrola entendemos que en algún momento llegará este complemento sancionador a la regulación, o incluso pueda hacerse más exigente.


¿Qué dice exactamente el Real Decreto 29/2021 sobre los puntos de recarga?


La regulación está orientada a promover la instalación de puntos de recarga en parkings de entornos no residenciales. Así que, estamos hablando fundamentalmente de parkings de empresas para empleados o clientes, parkings públicos, etc. Prácticamente cualquier plaza de parking que no esté adscrita a una vivienda residencial.

Y simplificando un poco lo que exige la ley sobre estos parkings, lo que indica esta normativa es que se debe instalar 1 punto de recarga cada 40 plazas o incluso 1 cada 20 plazas si son parkings de administraciones públicas.

¿Por qué crees que es el momento de revisar la normativa justo ahora?


El periodo que se dio originalmente para cumplir la norma era demasiado exigente y difícil de cumplir. Pero la norma no se va a cambiar, en todo caso, será más estricta en el futuro. Así que recomendamos a todas las empresas que tengan plazas de parkings, que empiecen cuanto antes a planificar cómo cumplir con la normativa ya que el proceso de instalación y puesta en servicio de los puntos de recarga puede llevar cierto tiempo, así que lo mejor es anticiparse para estar preparado.

¿Qué otras ventajas se pueden obtener si una empresa avanza hacia la movilidad eléctrica?


Aunque la inversión en la compra de un vehículo eléctrico es mayor inicialmente se recupera el importe progresivamente en los años siguientes por lo que conseguimos un ahorro importante a largo plazo.
Por otro lado, la instalación y las herramientas de gestión son cada vez más eficientes permitiendo el retorno de la inversión de forma inmediata desde la instalación, nosotros disponemos del servicio Connect&Support de Iberdrola que está disponible para puntos de recarga públicos y privados.

¿Alguna recomendación final?


Y desde Iberdrola te recomendamos que busques un buen socio fiable, que no solo te haga cumplir la ley, sino que te asesore y apoye en cómo hacerlo de la mejor forma, e incluso que te permita explotar esos puntos de recarga y rentabilizar la inversión.

Os invitamos a planificar vuestra estrategia de movilidad inteligente no solo para cumplir con la ley, sino también para lograr ahorros significativos.
Smart Mobility: Coches Eléctricos para Negocios – IBERDROLA

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