¿QUÉ ES?
El 10 de noviembre de 2022, el Parlamento Europeo aprueba la propuesta de Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). El CSRD forma parte de un programa más amplio, el “European Green Deal”, que hasta ahora ha propuesto otras legislaciones como el Reglamento de Taxonomía Europeo o el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles.
La Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) es una nueva ley que regula los requisitos para la elaboración de informes de sostenibilidad en la UE y supone un importante avance respecto a los actuales y relativamente limitados requisitos de la UE en materia de informes de sostenibilidad (EINF). La ley también exige que se desarrollen nuevas Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad. (European Sustainability Reporting Standards, ESRS) y define el contenido sobre el que las empresas deben informar.
La CSRD también amplía el número de empresas con actividades en la Unión y fuera de ella. La Directiva establece que los informes de sostenibilidad deben ser «comparables, fiables y fáciles de encontrar y utilizar por los usuarios con tecnologías digitales».
¿PARA QUÉ?
La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa propuesta por la UE tiene como meta garantizar que las empresas divulguen públicamente información adecuada sobre los riesgos y los problemas de sostenibilidad a los que se enfrentan, así como los impactos que están teniendo en las personas y el medio ambiente.
Objetivos generales
- Contribuir a reducir los riesgos sistémicos para la economía.
- Mejorar la asignación de capital financiero a empresas y actividades que abordan problemas sociales y ambientales.
- Colaborar con el logro de los objetivos del Pacto Verde Europeo y la Agenda 2030.
Objetivos concretos
- Impulsar la comunicación de información relevante, precisa, coherente, comparable y fiable por parte de las empresas para mejorar la transparencia hacia los diferentes stakeholders con los que se relaciona.
- Mejorar los datos que reportan las empresas sobre los riesgos de sostenibilidad a los que están expuestas, así como el impacto de su actividad sobre las personas y el medio ambiente.
- Alinear las estrategias de las empresas con los retos sociales y ambientales que afrontan la sociedad y el planeta.
- Digitalizar la presentación y el acceso a la información sobre sostenibilidad corporativa que reportan las empresas facilitando así su consulta por parte de los stakeholders.
¿QUIÉN?
Todas las grandes empresas y aquellas que cotizan en los mercados regulados de la UE, excepto las microempresas cotizadas, deberán cumplir con la directiva que entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) cotizadas y otras tienen un período de tres años para cumplir con ella (2027).
¿CUÁNDO?
La CSRD se introducirá formalmente el 1 de enero de 2024. El primer grupo obligado a informar son las empresas que ya están sujetas a la Directiva de información no financiera vigente (NFRD). Tendrán que cumplir las normas modificadas informando en 2025 para el ejercicio financiero de 2024.
Otras grandes empresas no sujetas a la NFRD deberán empezar a informar a partir del 1 de enero de 2026 sobre el ejercicio 2025.
Las PYME no empezarán a informar hasta el 1 de enero de 2027 sobre el ejercicio 2026. Sin embargo, se concede a las PYME la opción de excluirse voluntariamente hasta 2028.
Para las empresas no europeas que tengan sucursales o filiales con sede en la UE, los nuevos requisitos se aplicarán a partir del 1 de enero de 2029 para el ejercicio 2028. Estas empresas tendrán un volumen de negocios neto superior a 150 millones de euros en la UE a nivel consolidado, y tendrán al menos una filial (grande o cotizada) o sucursal (volumen de negocios neto superior a 40 millones de euros) en la UE.
El 9 de marzo de 2023 se iniciaron formalmente los trámites para la elaboración del Anteproyecto de Ley de Información sobre Sostenibilidad.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital será el responsable de llevar a cabo la transposición de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD).
El pasado 4 de marzo concluyó el trámite de consulta pública abierto por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para recabar la opinión de los potenciales afectados y organizaciones representativas sobre algunos aspectos de la futura norma de transposición de la Directiva CRSD
¿CÓMO?
Es importante destacar que las empresas deben informar de acuerdo con el principio de doble materialidad, (reportar tanto los impactos causados como los sufridos por la organización). O sea, evaluar el riesgo de sostenibilidad que afecta a la empresa, así como el impacto de la empresa en la sociedad y el medio ambiente.
Según la CSRD, los «elementos de sostenibilidad» relevantes incluyen todos los factores ambientales, sociales, de derechos humanos y de gobernanza El ESRS definirá con más detalle los contenidos y los parámetros que las organizaciones utilizarán para informar en estos ámbitos. El EFRAG (European Financial Reporting Advisory Group), una asociación público-privada de la UE sobre informes financieros y de sostenibilidad es la encargada de desarrollar estas normas, la Comisión de la UE adoptará la legislación secundaria que imponga el ESRS y antes de junio de 2024 deberá adoptarse la información complementaria y sectorial. Antes del 30 de junio de 2024 se adoptarán normas diferentes para las pequeñas y medianas empresas y las empresas de países terceros.
La CSRD prescribe los requisitos de formato y proceso para la elaboración de informes de sostenibilidad. Un requisito importante es que la información se presentará en el informe de gestión de la organización. Otro cambio significativo es que la información reportada tendrá que someterse a una garantía en el futuro, empezando por una garantía limitada y más tarde a una norma de garantía razonable. Estas normas de garantía deberán ser desarrolladas por la Comisión Europea para 2026 y 2028, respectivamente.